De EDOS y EFOS o empresas que facturan operaciones simuladas, por Carmen Orendain*
La saga de los Edos y los Efos
Como sabemos, sólo de dos cosas en la vida no podemos escapar: de la muerte y de pagar impuestos. De conformidad con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el artículo 31 fracción IV, a la letra nos dice: “Contribuir para los gastos públicos, así de la Federación, como de los Estados, de la Ciudad de México y del Municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes.” Pero nos preguntamos, ¿cuál es la razón de pagar impuestos? La respuesta es muy sencilla: como ciudadanos, y como gobernantes, existen obligaciones y derechos que se encuentran contenidas en diversas leyes que regulan el marco jurídico para la convivencia fiscal, digo, social. Del pago de impuestos se obtienen los ingresos por medio de los cuales el Estado lleva a cabo acciones prioritarias para la población en materia de educación, seguridad social, vialidades, seguridad e impartición de la justicia, por poner algunos ejemplos. Por ello, cuando las empresas llevan a cabo operaciones de carácter fraudulento que tienen como única intención evitar el pago de impuestos de manera ilegal por medio del uso de empresas ficticias, no sólo se atenta contra la eficiencia y la equidad en el cumplimiento de obligaciones, sino que también se incurre en las siguientes situaciones:
Empresa que Factura Operaciones Simuladas (EFOS). Existen personas que lucran con la emisión de comprobantes fiscales digitales, a los que se conoce como empresas fantasmas o EFOS, porque facturan operaciones, compras o servicios que en realidad nunca se llevaron a cabo, es decir operan con facturas falsas. Estas personas físicas o morales compran los documentos.
Empresa que Deduce Operaciones Simuladas (EDOS) Al “adquirir” esas facturas o comprobantes fiscales digitales se están convirtiendo en EDOS, es decir, en personas o empresas que simulan un aumento en sus gastos de operación para pagar menos impuestos.
Crear o utilizar estas figuras está tipificado como delito y sancionado de acuerdo con:
el Código Fiscal de la Federación (artículos 69-B, 108, 109,113 bis)
la Ley de Seguridad Nacional (artículo 5)
la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada (artículo II fracción VIII bis)
el Código Nacional de Procedimientos Penales (artículo 167 fracción II)
el Código Penal Federal (artículo 11 bis fracción B II).
En términos coloquiales, a las personas físicas y/o morales que llevan a cabo estas actividades ilícitas se les denomina “factureros”. Las penas que se imponen al recurrir a esta práctica son de hasta 9 años de prisión de conformidad con la ley, manifestado en el portal del Servicio de Administración Tributaria (SAT). El trabajo implementado por la autoridad ante este escenario es complejo. Por un lado, crea el ambiente legal para acotar dichas actividades, que se puede considerar como el primer paso; el segundo consiste en ejecutar actividades de control y supervisión más estricta, debido a que el SAT detectó en los ejercicios fiscales de 2017 a 2019 una evasión de 339,000 millones de pesos. Cabe señalar que a quienes venden las facturas se les conoce como facturadoras y usualmente son empresas “fantasma” que no cuentan con activos, personal, infraestructura y no son localizables. Éstas reciben una comisión por cada factura que venden. De lo anterior podemos señalar que, si la autoridad utiliza todo el peso de la ley para perseguir estas actividades ilegales, es por que la magnitud de las operaciones representaron en ese periodo 1.6 billones de pesos, equivalente al 1.4 por ciento del Producto Interno Bruto (PIB).
Se observa una disminución en las tasas de evasión conforme transcurren los años, en la medida en que se incrementan los controles de carácter fiscal y se cierran las posibles fuentes de defraudación. Este panorama implica la utilización de todos los recursos de carácter tecnológico debido a que los registros contables de las empresas son llevados a cabo por diversas aplicaciones tecnológicas.
Pero surge un grave problema: qué hacer con la población que lleva a cabo operaciones económicas informales en el país. De acuerdo con informes, el 56% de los empleos son informales y generan el 22% del Producto Interno Bruto (PIB) de conformidad con Ponce-López, especialista en combinar herramientas de análisis espacial con machine learning y bases de datos de gran escala para construir infraestructura informacional. El problema con la evasión fiscal y la informalidad es que impide incrementar las inversiones en salud, educación, infraestructura y programas sociales.
Al mismo tiempo, la autoridad, es decir, el Sistema de Administración Tributaria (SAT), dependiente de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), reúne en un portal e inhabilita a los contribuyentes por hacer operaciones que representen un menoscabo en las recaudaciones, a las empresas que detecta como factureras, poniendo en revisión tanto a las que expiden los comprobantes como a las que compran los comprobantes fraudulentos que actualiza en tiempo real.
La gran incógnita sigue siendo cómo resolver la defraudación fiscal, logrando equidad, transparencia y no llegar a convertir a la autoridad en un modelo de terrorismo fiscal. Para ello, surge el uso de modelos de inteligencia artificial como el del equipo multidisciplinario de investigadores del Centro de Ciencias de la Complejidad (C3) y el Instituto de Física de la UNAM, en colaboración con el Department of Network and Data Science de la Central European University en Hungría, que realizó un análisis utilizando inteligencia artificial y ciencia de redes para estimar el monto de evasión del impuesto al valor agregado (IVA), específicamente por la emisión de facturas electrónicas que simulan operaciones que nunca se realizaron. “El objetivo principal de la investigación fue desarrollar métodos para identificar evasores fiscales y también para estimar cuánto se había evadido”. Los académicos estiman que la evasión por emisión de comprobantes fiscales digitales por internet o CFDI fraudulentos alcanzó, durante el periodo 2015 a 2018, un promedio de poco más de 60 mil millones de pesos anuales, de acuerdo con el reporte Evasión en IVA: Análisis de redes, que publica en un micrositio web el SAT, instancia para la cual se llevó a cabo dicho análisis. Los investigadores encontraron también que la tendencia a la evasión va en aumento, habiendo pasado de los 40 mil millones de pesos en 2015 a 77 mil millones tres años después, lo que representa un incremento del 93%. Esta evasión, de acuerdo con los investigadores, proviene de poco más de 7,677 registros federales de contribuyentes (RFC), de posibles evasores fiscales.
Desde 2019, los investigadores Carlos Gershenson (Instituto de Investigaciones en Matemáticas Aplicadas y en Sistemas, IIMAS, y el Centro de Ciencias de la Complejidad, C3) y Carlos Pineda (Instituto de Física), ambos de la UNAM, en conjunto con Gerardo Íñiguez, de la Central European University, en Austria, desarrollaron un estudio para el SAT con el fin de ayudarle a identificar más fácilmente evasores potenciales.
Conclusiones
Un logro sustancial es la creación de un marco legal acotado, por parte de la autoridad, para lograr tipificar el delito dentro de la ley, imponiendo multas severas a los contribuyentes defraudadores.
Con la tecnología actual de revisión, existe la posibilidad de que algunos contribuyentes honestos se comporten estadísticamente de forma similar a EFOS ya identificados, y por tanto, sean clasificados erróneamente como EFOS sospechosos.
Es necesaria una educación fiscal de la población y reducir drásticamente los niveles de corrupción entre los funcionarios públicos para alcanzar la idea de que pagar impuestos no es una pérdida de tiempo ni recursos.
En la medida en que no se logre que las actividades informales se conviertan en actividades formales en el entorno de la administración pública de la recaudación, no será posible un avance sustancial, porque el mercado informal sigue siendo el punto medular para que todos los contribuyentes, en la medida de sus ingresos, por actividad, contribuyan al gasto público.
Finalmente, observamos que las sanciones dentro de la ley tienen consecuencias reales y económicas con un alto impacto, lo que permitirá enviar el mensaje de que la lucha contra la defraudación fiscal es un asunto importante.
Bibliografía relacionada
Cámara de Diputados. (1917-2021). Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos.
Cámara de Diputados. (2021). Ley de Seguridad Nacional.
Cámara de Diputados. (2021). Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada.
Cámara de Diputados. (2021). Código Nacional de Procedimientos Penales.
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Martínez. A. (2020). “SAT va contra factureras que emitieron 339,000 millones de pesos entre el 2017 y el 2019”. El Economista.
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Vargas P, L. (2020). “Inteligencia artificial, ciencia en redes contra evasión fiscal”. Centro de Ciencias de la Complejidad, UNAM.
SAT (2019). “Evasión en IVA: Análisis de redes”, Centro de Ciencias de la Complejidad, UNAM.
Rueda, Aleida (2021). “Encontraron una mayor cantidad de empresas evasoras en los sectores de comercio al por mayor, la construcción y la minería”. Centro de Ciencias de la Complejidad, UNAM.
*Carmen Orendain es profesora de tiempo completo en la facultad de Administración y Contaduría de la UAT, en Tampico. Cuenta con amplia experiencia en contabilidad y control interno. Laboró en la Auditoría Federal en el área de gabinete. Es C.P. por la UANL, maestra y doctora en Administración por la UAT y el Instituto Hispano Mexicano, respectivamente.